MODELOS INDUSTRIALES
DURACIÓN:
Cinco años a partir del día de presentación de la solicitud, renovable dos veces por el mismo período. Las solicitudes de renovación deben presentarse dentro de los nueve a tres meses previos al vencimiento.
NOVEDAD:
No haber sido publicados o explotados dentro del país o en el extranjero.
SOLICITANTE:
El autor o su sucesor legal.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
• Poder notarial extendido por el solicitante debidamente legalizado por el Consulado Argentino o provisto de la Apostilla según la Convención de La Haya.
• Especificación en español o traducida al español.
• Dibujos en cuatro copias, tamaño 297 mm. x 210 mm.
• En caso de reinvindicar prioridad, copia certificada de la solicitud extranjera básica.
Documentos de Poder. Descargar
EXÁMEN:
Sólo en cuanto a forma.
TASAS:
Deben abonarse en el momento de la presentación.
LEGISLACIÓN:
Decreto-Ley 6,673/63 (Ley 16.487) de fecha 9 de agosto 1963.
CONVENCIONES:
Convención de París (Rev. de Lisboa, secc. 1-12 y Estocolmo, secc. 13-30).
Convención de La Haya de 1961 que deja sin efecto la legalización consular de documentos provenientes del extranjero.
GATT TRIPS de aplicación obligatoria en Argentina de acuerdo a la Ley Nº 24.425.
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